La Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, absolvió en un fallo de primera instancia a los Concejales de Rionegro que votaron positivamente la elección de Carlos Andrés García Castaño como Personero municipal para el período 2016 – 2020, pero sancionó con una suspensión del cargo por el término de tres meses a Giovanny García Martínez, quien se desempeñaba como Presidente de la Corporación en el año 2015, y al no estar ejerciendo la sanción se convierte en dinero, por haber expedido la resolución de convocatoria para la escogencia del funcionario sin contar con los demás miembros de la Mesa Directiva.
El fallo obedece a una de las varias denuncias presentadas por el procedimiento adelantado para el nombramiento de Carlos Andrés García Castaño como Personero, de las cuales aún persiste un proceso Penal interpuesto por la Fiscalía y que actualmente cursa en el Juzgado Primero Penal de Rionegro, relacionado con los mismos hechos.
En el caso de este fallo en particular de la Procuraduría, la investigación fue una de las iniciadas por la Procuraduría Provincial de Rionegro, por denuncia hecha por el señor Nelson Eric García Mira, de la Veeduría Ciudadana de Rionegro, sobre presuntas irregularidades administrativas en el proceso de elección de Personero, por lo cual pidió sanción disciplinaria contra los Concejales que votaron la elección de García Castaño.
El cargo imputado era contra José Gregorio Orjuela Pérez, David Orlando Quintero Jiménez, Alonso Rendón Castrillón, Gildardo Valencia Castaño, Luis Alfredo Ospina Gallego, Rodrigo Agudelo Hincapié, Dani Alexander Castaño Castro, Oscar Darío Arias Bedoya, Fernando Andrés Valencia Vallejo, Miguel Alexander Valencia Ramírez, Omar Efrén Monroy Palacio, Daniel Alberto Arbeláez Echeverri y Juan Sebastián Castro Henao, en su condición de Concejales del municipio de Rionegro para el año 2016, cuando se hizo el nombramiento de Carlos Andrés García Castaño como Personero y aparte se había denunciado a Giovanny García Martínez, pero por su actuación como Presidente de la Corporación en el año 2015.
El exconcejal y actual Diputado de la Asamblea de Antioquia, Gregorio Orjuela Pérez, recordó que ante la avalancha de demandas y tutelas que se presentaron en contra de ese nombramiento, han sido varios los fallos que se han proferido en favor de quienes votaron positivamente el nombramiento, pero hasta ahora solo se ha sancionado por faltas disciplinarias al Presidente del Concejo en el Período 2015, Giovanny García Martínez, por irregularidades en la expedición de la Resolución de convocatoria al proceso para elegir al Personero.
Con el antecedente de estos fallos administrativos, Orjuela Pérez considera que del proceso penal también saldrán absueltos los entonces Concejales que apoyaron el nombramiento de García Castaño como Personero en el año 2016.
En este fallo en particular de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa, se anota que “Teniendo en cuenta que ya existía una lista de elegibles que posicionaba al señor Carlos García Castaño como ganador del concurso de méritos, y que la misma gozaba de inmodificabilidad, el proceso administrativo no podía ser suspendido de forma arbitraria por los integrantes del Concejo. Por ende, la elección del personero, si bien es cierto fue declarada nula por la autoridad judicial, también lo es que la conducta de los implicados no obedeció a un acto arbitrario o siquiera apartado de la realidad del concurso”.
Más adelante, dice el fallo que “Realizadas tales precisiones, en el caso objeto de estudio, se demostró que si bien es cierto los investigados dieron voto a favor para la elección del personero de Rionegro, Antioquia, pese a irregularidades presentadas en etapas previas, con ello no se afectó de manera sustancial el deber funcional que le asistía como concejales del municipio de Rionegro, en la medida en que, en primer lugar, los implicados, por mandato legal, debían acogerse a la lista de elegibles que arrojó en su momento el concurso, mismo que no se encontraba suspendido ni anulado al momento de la elección del personero, y en segundo término, el desgaste administrativo que se evidenció dentro de aquel proceso de selección, no se debió a la conducta de los investigados, sino exclusivamente a la extralimitación de funciones proveniente del señor Geovanny García Martínez, en calidad de Presidente de la Mesa Directiva del Concejo Municipal del año 2015, comportamiento que ocasionó un pronunciamiento judicial que declaró la nulidad del proceso de selección del personero que había sido elegido por los implicados, quienes tuvieron que realizar nuevamente una lista de elegibles que arrojó el mismo resultado inicial, no obstante el perjuicio administrativo ya estaba causado”.
En el numeral segundo del fallo se indica: “En consecuencia, sancionar al señor Geovanny García Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 15.425.324 de Rionegro-Antioquia, en su condición de presidente del Concejo Municipal de Rionegro-Antioquia, en la vigencia 2015, con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de tres (03) meses.
Teniendo en cuenta que el implicado cesó en sus funciones como presidente del Concejo Municipal de Rionegro-Antioquia, el Despacho da aplicación al inciso 3° del artículo 46 de la Ley Disciplinaria, convirtiendo la sanción en el equivalente a salarios mínimos, esto es, en la suma de dieciséis millones quinientos dieciocho mil trescientos quince pesos m/cte. ($16.518.315)”.




























































