QUE NO LO SORPRENDAN POR SU MAL COMPORTAMIENTO.
CONOZCA EL NUEVO CÓDIGO DE POLICÍA
Publicada: 29/01/2017
Es usted de los que pone su equipo de sonido para toda la cuadra? O de los que saca la basura el día o la hora que no es? O de los que en cualquier poste hace su necesidad fisiológica? O fuma en sitios prohibidos? O saca a su mascota y no recoge sus excrementos? O de los que les gusta armar peleas en la calle y después agredir a los policías? O incluso le gusta publicar las fotos intimas de sus ex? Pues si usted es de ese comportamiento, a partir de mañana se verá expuesto a recibir jugosas multas y sanciones económicas por no saberse comportar en sociedad.
Desde junio del año pasado se aprobó por el Congreso de la República el nuevo Código de Policía y Convivencia Ciudadana, documento que hacía más de 45 años no se actualizaba en Colombia y que busca establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional al propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, así como determinar el ejercicio del poder, la función y la actividad de policía, de conformidad con la Constitución Política y el ordenamiento jurídico vigente.
Entre los objetivos que se pretenden con este nuevo Código, esta propiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público, áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan a lo público; también promover el respeto, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad, los deberes y los derechos correlativos de la personalidad humana; además de definir comportamientos, medidas, medios y procedimientos de la policía.
Aunque en el código se habla de más de 300 conductas incorrectas que pueden acarrear sanciones, vamos a explicar las más comunes y las vamos a dividir en las cuatro clases que están establecidas, por gravedad y por valor en las sanciones.
TIPO 1: MULTA: $ 98.360 | TIPO 2: MULTA $196.720 |
| Por irrespetar un policía, invadir el carril de la cicloruta, arrojar basuras en espacio público, empujar o agredir en el sistema público de transporte, obstruir manifestaciones de afecto (que no configuren acto sexuales, Impedir el ingreso o salida de mujeres embarazadas y adultos mayores, al igual que empujarlos dentro del sistema de transporte masivo, Portar audífonos mientras se transporta en bicicleta, No recoger los excrementos de su mascota. | Portar armas blancas en lugares públicos, colarse en el transporte público, por pintar paredes con grafitis, pasear su perro de raza peligrosa sin bozal ni correa, ocupar indebidamente el espacio público, consumir bebidas alcoholicas en sitios públicos, comprar un celular robado, exigir la presentación o realización de la prueba de embarazo como requisito de admisión, permanencia o ascenso en cualquier empleo. |
TIPO 3: MULTA $393.440 | TIPO 4: MULTA $786.880 |
| Realizar actos sexuales, obscenos, o exhibicionistas en la vía pública o en lugares abiertos al público, música a alto volumen, poner música en comercio sin pagar derechos de autor, agredir físicamente a cualquier persona, consumir bebidas alcohólicas dentro de un centro educativo, Publicar fotos íntimas suyas o de otras personas en internet, no separar correctamente los residuos en la basura, irrespetar o perturbar las normas propias de lugares como templos, cementerios, clínicas o bibliotecas, | Agredir a un policía, conectarse sin autorización a los servicios públicos, fabricar o manipular pólvora, ejercer la prostitución en lugares no permitidos, arrendar un inmueble para uso no establecido en el sector, vender cigarrillos, licor o drogas a menores de edad, irrespetar manifestaciones por razones culturales, religiosas entre otras, llamar a las línea de emergencia 123 que sean para realizar bromas o reportar falsas emergencias, alterar un celular robado para que funcione, agredir física o verbalmente a miembros de la comunidad LGBTI, Permitir el ingreso de menores a lugares para adultos, Realizar, permitir o inducir abusos o maltratos contra los habitantes de la calle |
Así pues que a ponerse juicioso con su comportamiento y a acatar las normas para que no se vea abocado a recibir las multas y sanciones que tarde que temprano deberá cancelar, ya que estas entrarán a una base de datos llamada “Registro Nacional de Medidas Correctivas” y las personas registradas en esta base de datos como morosas tendrán las restricciones similares a las que se aplican en multas de tránsito en el Runt, reportando esta mora en sus impuestos ante la Dian y las entidades locales.
O sea que si usted no paga una multa en el nuevo Código de Policía y aparece como deudor en el registro no podrá contratar con el Estado, no podrá actualizar o reclamar su registro mercantil, no podrá actualizar el permiso de porte o tenencia de armas de fuego y no podrá acceder a muchos beneficios que el estado o el gobierno ofrezcan a la población.

















































