La Gobernación de Antioquia informó que, en fallo de segunda instancia, la Sala Primera de Decisión de Familia del Tribunal Superior de Medellín confirmó la sentencia que amparó el derecho fundamental a la participación ciudadana en el proceso de consulta popular para la conformación del Área Metropolitana del Valle de San Nicolás, decisión que había sido impugnada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Mediante la Sentencia No. 337, el Tribunal reconoció que la falta de coordinación y la inacción administrativa entre el Ministerio de Hacienda y la Registraduría Nacional del Estado Civil pusieron en riesgo real el ejercicio democrático de los ciudadanos de los municipios convocados a decidir sobre su integración metropolitana.
El fallo fue claro al señalar que los mecanismos de participación ciudadana no pueden convertirse en simples formalidades debido a trámites burocráticos ni a dilaciones injustificadas del Estado. Si bien el Tribunal precisó que el juez constitucional no puede sustituir al Ejecutivo en la dirección del presupuesto público, también enfatizó que la democracia no puede suspenderse por razones administrativas.
En ese sentido, el Tribunal ajustó la orden impartida en primera instancia y dispuso que el Ministerio de Hacienda y la Registraduría Nacional adelanten, de manera armónica y coordinada, todos los trámites administrativos y presupuestales necesarios para garantizar los recursos que permitan la realización de la consulta popular, estableciendo para ello un plazo máximo de tres meses.
A diferencia del fallo inicial, el Tribunal determinó que la Registraduría no debía ser desvinculada del proceso, al considerar que la garantía efectiva del derecho a la participación ciudadana exige una actuación conjunta y responsable de todas las entidades involucradas. La decisión advierte, además, que el incumplimiento de lo ordenado puede acarrear sanciones legales.
Al conocer la decisión, el director del Departamento Administrativo de Planeación de Antioquia, Eugenio Prieto Soto, afirmó: “La democracia, como esencia del Estado Social de Derecho, de los derechos y principios fundamentales de la Constitución, como camino de los territorios y del país democrático, se respeta, se cuida y se mantiene abierta”.
Prieto también destacó que el fallo del Tribunal Superior de Medellín envía un mensaje contundente: el Estado está obligado a garantizar las condiciones materiales para que la ciudadanía pueda decidir. La participación ciudadana no es un favor ni una concesión administrativa, sino un derecho constitucional que debe hacerse realidad. Porque cuando el pueblo es convocado a las urnas, la democracia no puede quedarse esperando en un escritorio.





















































