El municipio de Rionegro, con base en el Decreto Nacional 1168 de 2020 del Ministerio del Interior, por el cual se imparten instrucciones en virtud a la emergencia sanitaria, expidió el Decreto Municipal 309 de 2020 “Por el cual se adoptan medidas en el marco del decreto presidencial 1168 del 25 de agosto de 2020 y se dictan otras disposiciones”.
Con la anterior normatividad, se dio vía libre para la realización de una serie actividades, las cuales deberán estar sujetas al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus Covid-19.
Así las cosas, el Instituto Municipal de Educación Física Recreación y Deporte – IMER, dará apertura gradual y regulada a partir del 15 de septiembre, a los escenarios deportivos del Municipio, con el fin que estos sean utilizados por los diferentes Clubes y Escuelas Deportivas del Municipio, previo cumplimiento de los protocolos de bioseguridad.
Cómo será la reapertura?
A continuación, se dan a conocer los lineamientos que deberán cumplir los Clubes y Escuelas Deportivas, para dar inicio a las prácticas presenciales en los escenarios deportivos del Municipio:
1. Cada Club o Escuela Deportiva debe contar con el protocolo de bioseguridad, el cual garantice las medidas de bioseguridad que han demostrado contención y control en la transmisión del Virus:
- Procedimiento lavado de manos y/o Desinfección (Alcohol glicerinado mínimo al 60%).
- Distanciamiento físico (Aforo).
- Elementos de protección personal (Tapabocas).
- Limpieza y desinfección.
- Toma temperatura.
- Consentimiento informado.
- Manejo de residuos.
- Prevención y manejo de situaciones de riesgo de contagio los deportistas recreativos, entrenadores y personal de apoyo.
- Recomendaciones generales para los deportistas recreativos, entrenadores y personal de apoyo.
- Procedimiento y manejo en situaciones de riesgo.
2. Cada club o escuela deportiva deberá realizar el registro en la plataforma del IMER: https://www.imer.gov.co/autorizacion-practicas-deportivas/, y esperar respuesta para realizar el envió del protocolo del bioseguridad. Al realizar este proceso y cumplir con los requerimientos realizados, el Instituto enviará la aprobación con la que cada club o escuela deportiva podrá dar inicio a los entrenamientos individuales.
3. Los clubes o escuelas deportivas que cuenten con la respectiva aprobación, deberán contactarse con el área de Escenarios Deportivos del Instituto con el fin de realizar la organización de horarios para el préstamo de los escenarios.
4. Al momento de dar inicio a las prácticas presenciales, los clubes y escuelas deportivas deben dar estricto cumplimento a los protocolos propuestos para cada disciplina deportiva, así mismo deberán dar cumplimiento a las medidas establecidas en el protocolo de bioseguridad establecido por el IMER para el uso de los Escenarios deportivos.
Medidas Generales:
- Garantizar el uso de los elementos de protección personal (Tapabocas).
- Garantizar el procedimiento lavado de manos y/o desinfección (Alcohol glicerinado mínimo al 60%).
- Garantizar el distanciamiento físico.
- Garantizar las medidas de limpieza y desinfección.
- Dar cumplimiento al aforo permitido dentro de los escenarios deportivos.
- Garantizar la toma de temperatura.
- Garantizar entrenamientos individuales.
El aforo para el uso de los escenarios deportivos tendrá las siguientes condiciones:
- El área total de la superficie de circulación y áreas comunes. Solo podrá ingresar o estar simultáneamente dentro, una persona por cada 10 metros cuadrados de área.
- Para aquellos escenarios de mayor amplitud, está prohibido superar la concurrencia de más de (50) personas, incluyendo entrenadores y deportistas, esto con el fin de dar cumplimiento al Decreto Municipal 309 del 28 de agosto de 2020.
- Los grupos de trabajo por un entrenador, no podrán superar los 15 deportistas simultáneamente.
- Para aquellos escenarios como placas polideportivas, está prohibido superar la concurrencia de más de (15) personas, incluyendo entrenadores y deportistas.
5. Teniendo en cuenta que la apertura de los escenarios deportivos se realizará de forma gradual, en esta primera fase solo estará autorizado la práctica deportiva con entrenamientos individuales, garantizando el distanciamiento físico y evitando el contacto directo entre deportistas.
6. El Instituto Municipal de Educación Física Recreación y Deporte – IMER, realizará la verificación del cumplimiento de dichos protocolos, sin perjuicio de la vigilancia que sobre el cumplimento ejerzan otras autoridades.
Aquellos clubes, escuelas y/o usuarios que no cumplan con los protocolos estipulados serán inhabilitados para realizar actividades de prácticas deportivas en los escenarios deportivos.
7. El Instituto Municipal de Educación Física Recreación y Deporte – IMER con la Secretaría de Salud Municipal, adoptará las medidas para la apertura de otras modalidades deportivas, teniendo en cuenta la evolución de la situación sanitaria en el Municipio.























































